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FAQ: ¿Qué hacer si una empresa cree que no está sujeta a la directiva NIS 2 a pesar de estar potencialmente incluida en su perímetro?

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1. ¿Cómo determinar si mi empresa está sujeta a la directiva NIS 2?

Realice un análisis exhaustivo para verificar si su empresa cumple con los criterios establecidos por la NIS 2. Considere:

  • Sector de Actividad: Verifique si opera en un sector designado como esencial (energía, transporte, salud o servicios financieros).
  • Tamaño de la Empresa: Evalúe según el número de empleados, facturación anual y balance.
  • Impacto y Criticidad: Determine si sus servicios tienen un impacto significativo en la seguridad pública o la estabilidad económica.

2. ¿Qué acciones debemos tomar si concluimos que nuestra empresa no está sujeta a NIS 2?

  • Elaborar un Informe de Evaluación de Cumplimiento: Documente por qué su empresa no cumple con los criterios de NIS 2.
  • Obtener Aprobación Interna: Asegure que la Junta Directiva respalde formalmente la evaluación.

3. ¿Qué documentos deben prepararse para respaldar nuestra exclusión?

  • Informe de Evaluación: Análisis detallado que explique los criterios y sus conclusiones.
  • Acta de la Reunión de la Dirección: Documente la aprobación de la evaluación por parte de la Junta.
  • Plan de Revisión: Programe reevaluaciones periódicas para asegurar el alineamiento continuo con las actualizaciones regulatorias.

4. ¿Deberíamos consultar a un experto externo?

Es recomendable, aunque no obligatorio. Consultar a un experto en ciberseguridad y cumplimiento puede confirmar la precisión de su evaluación.

5. ¿Qué sucede si nuestras circunstancias cambian?

Si su empresa crece o ocurren cambios regulatorios, reevalúe su estatus. Notifique a las autoridades competentes si ahora cae bajo la NIS 2.

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